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Alegaciones al Paisaje Protegido de Tamanca

  1. No se ha definido ninguna zona de uso restringido en el espacio protegido. Teniendo en cuenta la existencia de poblaciones vegetales y animales de gran importancia para la isla y el archipiélago (Parolinia aridanae, en peligro de extinción, Pterocephalus porphyranthus, etc.), proponemos la clasificación de dichas zonas para todas las áreas de interés florístico y de fauna, cambiando la actual categoría de uso moderado. También debería de ser zona de uso restringido todo el acantilado costero incluido dentro del espacio protegido, así como las lavas históricas de Jedey, del Volcán de San Antonio y de El charco. Por último, toda la zona acantilada que conforma el límite occidental del espacio protegido debería considerarse igualmente de uso restringido.

  2. el artículo 23.3 permite la pesca con caña de carácter recreativo en todo el espacio protegido. Teniendo en cuenta que la mayoría de la costa del mismo es acantilada, en la misma debería prohibirse dicha actividad, por el posible perjuicio a las comunidades de fauna que habitan en la zona, al verse afectadas por el acceso de los pescadores a los posibles pesqueros.

  3. El vertedero de Don Mendo, situado dentro de los límites del espacio protegido, debe de ser clausurado, y sustituido por un lugar que tenga una ubicación menos perjudicial para el ecosistema de la isla que afecta. En el propio documento normativo, el artículo 24, referente a los usos y actividades prohibidos, nombra "el vertido de residuos sólidos o líquidos" así como "el enterramiento o la incineración de los mismos". Por otro lado, en la definición de las unidades homogéneas de paisaje, se incluye el PIRS dentro de los viñedos de Don Mendo, debiendo considerarse el primero una unidad homogénea e independiente, por el tremendo impacto que causa, y por su tendencia a crecer de manera descontrolada.

  4. En el artículo 24, referente a los usos y actividades prohibidas, el punto 14 habla de la instalación de toda clase de artefactos, en particular de antenas, repetidores o cualquier otra infraestructura relacionada con las telecomunicaciones. Faltaría añadir también los radares, para evitar situaciones como la que se vive actualmente en el Parque Rural de Anaga, en Tenerife.

  5. Faltaría añadir, como uso prohibido del artículo 24, los campos de golf u otras infraestructuras turísticas y parques temáticos.

  6. Se debe eliminar los tendidos eléctricos y telefónicos, procediendo a su enterramiento bajo las infraestructuras existentes, y, a ser posible, por fuera de los límites del espacio protegido.

  7. El campo de entrenamiento de perros que define el mapa de usos y aprovechamientos es enorme, y desproporcionado, en comparación con el tamaño del espacio protegido. Debería reducirse, por lo menos eliminando del mismo las áreas que proponemos que sean de uso restringido.

  8. En cuanto a las explotaciones apícolas, debe estudiarse su impacto sobre la fauna invertebrada del Paisaje Natural, antes de regular definitivamente su uso. En cualquier caso, la memoria informativa habla de la existencia, en la actualidad de tan sólo 3 explotaciones apícolas, con lo que podría incluso proponerse su desaparición.

  9. En la memoria informativa se habla de la existencia de dos estaciones meteorológicas dentro del Paisaje Protegido, situadas a 740 y 810 metros de altitud. Sería conveniente añadir una tercera, al nivel del mar o a una altitud bastante inferior, en la que se aprecie un cambio en las condiciones climáticas, de manera que los estudios al respecto sean más precisos.

  10. Debe detenerse toda la actividad extractiva existente en la actualidad dentro del parque, ya sea de materiales volcánicos como de tierra vegetal. Especialmente grave es el caso de la extracción ilegal de la Caldereta, que se nombra incluso en el documento informativo.

  11. Las zonas urbanas o las rurales con edificaciones de viviendas, deben incorporar un sistema de alcantarillado adecuado, con tratamiento de las aguas residuales, ya que la elevada permeabilidad del suelo hace que los pozos negros filtren fácilmente a los acuíferos.

  12. En cuanto a los cultivos, debe potenciarse aquellos que consumen menor cantidad de agua y cuyo impacto sobre el paisaje sea menos significativo. Como consecuencia de ello, sería interesante buscar sustitutos a las plataneras, que provocan justamente los efectos contrarios a los indicados. Para todos los cultivos que estén cubiertos con plástico, dado el tremendo impacto que éstos producen, debería también prohibirse el uso de estas prácticas en todo el paisaje protegido.

  13. Las zonas de pastizal existentes, especialmente aquellas situadas en las cotas más altas, deben de tener un plan de repoblación, para evitar su progresiva degradación.

  14. En el punto 3.1.3 del documento informativo, donde dice que en el Paisaje Protegido se han contabilizado 55 especies endémicas, debería decir "autóctonas". Además, se ha omitido la referencia al Aeonium nobile como vulnerable según el catálogo de Especies Amenazadas de Canarias, y que está presente en el espacio (lo indica el propio documento más adelante).

  15. El documento informativo, en el punto 3.2.1 y 3.2.2, se habla de la falta de conocimientos acerca de la fauna invertebrada del Paisaje Protegido. Por lo tanto, debería dársele prioridad a estudios que determinen un censo adecuado de los mismos. Luego, en el inventario que se acompaña, se aprecia que gran parte de las especies endémicas palmeras presentes son raras, lo cual hace que dicho estudio adquiera aún más importancia. También se habla de que el 60% de la fauna invertebrada está asociada al tajinaste, la tabaiba dulce y el pino canario, por lo que debe potenciarse la conservación de las tres especies.

  16. El documento informativo habla de los escasos datos que se tiene de la fauna y flora de los acantilados costeros, con lo que habría que financiar un estudio detallado de los mismos.

  17. Los aprovechamientos forestales de monteverde citados en el punto 4.2 del documento informativo deben eliminarse, o trasladarse fuera del Paisaje Protegido, pues en La Palma la tendencia a superar las cantidades necesarias de este tipo de material vegetal es bastante frecuente.

  18. Los yacimientos arqueológicos censados deben protegerse de alguna manera (incluso físicamente), y conviene realizar una carta arqueológica del Paisaje Protegido, por la escasez de datos existentes.

  19. Suelo urbanizable no programado de Los Llanos: debe desclasificarse, por el gran impacto que supone sobre el paisaje protegido.

  20. El documento informativo habla de la presencia en la zona de Pennisetum setaceum. Dadas las características invasoras y agresivas de dicha especie, la campaña de erradicación existente a nivel insular debería incidir más en el paisaje protegido, por ser uno de los lugares en los que existe vegetación endémica susceptible de ser desplazada por esta planta.

  21. La Cueva de Los Palmeros, dada la importancia de su fauna y la gran cantidad de visitas que está recibiendo, debería cerrarse al público, físicamente, con una verja. Las pistas y pequeñas carreteras existentes dentro del paisaje protegido suponen una red que no sólo provoca un impacto visual considerable, sino que puede permitir el acceso fácil de personas a lugares de gran sensibilidad. Además, la propia memoria reconoce el impacto de la construcción clandestina de pistas sobre el patrimonio cultural. Por estos motivos, proponemos la racionalización de estas infraestructuras, creando una red de pistas única y controlada, y cerrando o incluso eliminando todas las que estén de más.

24 Noviembre 2003


La Palma


Tamanca

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