ATAN

Alegaciones al Plan Especial del Paisaje Protegido de Erques

Infraestructuras viarias

El texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, establecen como finalidad de protección de este Paisaje "la preservación del paisaje del barranco en su estado natural". En el artículo 7 del documento normativo se propone, como objetivo del Plan Especial, controlar la expansión de la ocupación edificatoria y viaria como medida de preservación de los valores que fundamentan la protección del espacio protegido.

Esto contradice las previsiones del PIOT de creación de una autovía que cruce el barranco por un nuevo punto, para el cierre del denominado "anillo insular", según el punto 4.2 de la memoria.

Igualmente, el artículo 19 define como usos prohibidos "aquellos que supongan un peligro presente o futuro, directo o indirecto, para el espacio natural o cualquiera de sus elementos y características [...]". Queda claro que la expansión urbanística y la creación de nuevas infraestructuras viarias no pueden ser compatibles con este artículo, debiendo considerarse como usos prohibidos.

Proponemos crear, dentro del apartado de Usos prohibidos, un nuevo punto que sea "la construcción de nuevas infraestructuras viarias, pudiendo sólo emplearse los trazados existentes". Esto sería compatible con el punto 3 del artículo 24, que habla de las tareas de mantenimiento, reposición, etc. de las infraestructuras existentes. Si bien dicho punto debería modificarse añadiendo "y su mejora paisajística, en lo posible", puesto que las actuales infraestructuras, tanto públicas como privadas, dejan mucho que desear en lo que a paisajismo se refiere.

En cuanto al artículo 26, punto 1e, se prohíbe la construcción de nuevas infraestructuras en la zona de uso moderado, excepto las contempladas en el PIOT. Entendemos, por el bien del paisaje, que debe plantearse una modificación de este plan para adaptar el trazado del anillo insular a las infraestructuras existentes, ya sea la carretera TF-6237 o la C-822. Un nuevo puente sobre el barranco, con un ancho previsiblemente superior a los actuales, provocaría un impacto no sólo significativo, sino definitivo, pues tendríamos un espacio protegido lineal, cortado en tres puntos separados pocos kilómetros, por infraestructuras de proporciones considerables.

Además, la carretera pasaría previsiblemente por una zona de "baja pendiente con matorral", según el apartado 5.2 de la memoria. Esta zona es una unidad homogénea única y bastante pequeña, dentro del espacio protegido, con un estado de deterioro no muy importante, y en fase positiva de regeneración. Sería lamentable destruirla con la nueva carretera.

En lo referente a las estrategias de gestión del paisaje, el punto 6.4 de la memoria indica la necesidad de control en la instalación de nuevas infraestructuras, lo cual suponemos que debe ser especialmente aplicable a las autovías.

Por último, sería necesario racionalizar las carreteras y pistas, creando un plan mediante el cual se determine las necesarias, eliminando las sobrantes con una consiguiente restauración del paisaje afectado. Esto es especialmente importante en las zonas de invernaderos, situadas en la parte baja del barranco, tal y como se indica en el apartado 3.3.1 de la memoria.

Zona de uso especial

Dentro de la zonificación del parque, el artículo 11 contempla la creación de una "zona de uso especial" para una franja relativamente pequeña de terreno que incluiría el Plan Parcial "Villa de Erques". En el tercer punto del artículo se nombra el "conjugar los intereses públicos y privados presentes en el sector, con el objetivo de crear un espacio libre de protección que permita compatibilizar el desarrollo de un proyecto turístico [...] con la conservación y protección de un territorio de elevado interés paisajístico, sin menoscabo de sus valores naturales y arqueológicos".

Nos oponemos a dicha compatibilidad, sobre todo por la experiencia de otros espacios protegidos del mismo sector de la isla, como el de los Acantilados de Adeje, en el que hay un campo de golf dentro del espacio protegido. Por ejemplo, ¿qué compatibilidad puede tener un césped regado artificialmente y transitado por personas todo el día con un espacio desértico de muy baja pluviometría y visitado sólo a nivel del mar?

Además, no podemos confiar en un desarrollo sostenido y compatible en un lugar en el que se viola todas las leyes urbanísticas a diario, con el beneplácito de cada una de las administraciones públicas. Este tipo de actividades "compatibles" sólo son posibles en lugares en los que haya un historial claro de respeto a la naturaleza, pero no en el sur de Tenerife.

Además, esta zona debería ser de especial protección por contener una estación de grabados rupestres, como indica el punto dos de dicho artículo.

En la categorización del suelo, el artículo 14 hace referencia nuevamente a este sector, definiendo el suelo como urbano. También nos oponemos a dicha categoría, debiendo contemplarse como "suelo rústico de protección paisajística", al igual que los aledaños.

Dentro del artículo 28, correspondiente al régimen específico para esta zona, en el punto 2 se dice "en este suelo no podrá llevarse a cabo ningún tipo de infraestructura o elemento de urbanización, edificación, construcción o instalación fija ni desmontable, así como tampoco caminos o senderos ni viario alguno". Por lo tanto, el nivel de protección es, incluso, mayor que en la zona de uso tradicional, siendo equiparable a la zona de uso moderado. Entonces, ¿qué sentido tiene separarla de la de uso moderado, o crear un suelo urbano en el que las limitaciones urbanísticas son máximas? Igualmente, el punto 4 fija un retranqueo mínimo de 6 metros entre las construcciones del plan parcial y el lindero con el Paisaje. Nuevamente, ¿de qué sirve crear entonces suelo urbano en el paisaje?

Como amenazas relacionadas con este suelo urbano, el apartado 5.3 de la memoria, en cuanto a la evolución posible del espacio, nombra el peligro y la presión que pueden producir el desarrollo turístico del plan parcial "Villa de Erques".

Dentro del inventario de fauna que se realiza en el apartado 2.2.3 de la memoria, se habla de la presencia del charrán común (Sterna hirundo) en la desembocadura del barranco, justo al lado de dónde se ha definido la zona de uso especial. Esta especie es muy rara y localizada en la isla, según la misma memoria, y su observación frecuente en la zona la dotan de especial importancia.

Por todos estos motivos, proponemos incluir toda la zona de uso especial dentro de la de uso moderado, incluyendo una pequeña zona de uso restringido con características de protección arqueológica, entorno a la estación de grabados rupestres.

Además, se debería crear una zona de "preparque", o ampliar los límites del mismo, para que la urbanización turística "Villa de Erques" se mantenga a una distancia prudencial lo suficientemente alejada del espacio protegido.

Tendidos aéreos

En el artículo 23, punto 18, dentro de los usos y actividades prohibidas, se nombra la instalación de nuevos tendidos aéreos, telefónicos o para usos similares. Debería mencionarse especialmente el tendido de Unelco entre la Central Térmica de Granadilla y la subestación de Guía de Isora. Aunque políticamente se haya descartado dicha opción, nada nos confirma que esta situación sea definitiva, por lo que debería tenerse prevista en el Plan Especial.

Además, debería añadirse que la manera en que estas instalaciones crucen el barranco sea por las infraestructuras viarias existentes, como se contempla para las canalizaciones de aguas.

También debería incluirse un estudio sobre la posible redistribución y enterramiento de las principales líneas de alta tensión existentes, empezando por las que provoquen mayor impacto sobre el paisaje, la flora o la fauna, como se indica en el punto 5.1.1b de la memoria. Concretamente, en el punto 6.3 de la estrategia de gestión de la memoria, se nombra la necesidad de enterrar todos los tendidos aéreos, en la medida de lo posible, y en el 6.4, el control en la instalación de nuevas infraestructuras.

El Cabildo de Tenerife ha elaborado precisamente un documento en el que se critica el estado y disposición de estas líneas en el Barranco de Erques.

Por último, se debería realizar un estudio para la racionalización de los tendidos, estaciones de telefonía móvil (BTS) y demás instalaciones lineales que se encuentren en estado caótico. Especialmente grave es esta situación en la zona de uso tradicional, como se apunta en el apartado 3.2.1 de la memoria.

Deportes de montaña

En el artículo 26, punto 1d, se prohíbe la práctica de deportes de montaña. Debería especificarse con más detalle dichos deportes, para evitar malas interpretaciones. Por ejemplo, especialmente peligrosos para este espacio son el descenso de barranco. Además, hay deportes que pueden considerarse de montaña o de riesgo, como el parapente o el denominado "puenting". Para el primero, debería regularse el sobrevuelo del parque, o simplemente, prohibirse. En cuanto al segundo, una de las zonas de mejor práctica de la isla es el puente de la Carretera C822, por su altura sobre el barranco. Esta actividad debería llevar una regulación específica, mediante autorizaciones, o bien prohibirse, como el parapente.

En cuanto al senderismo, que también es un deporte de montaña, debe permitirse como mínimo para los caminos que cruzan el Barranco, como el real entre la Vera de Erques y Tijoco Alto, dentro de la zona de uso moderado, por lo que no puede ser una actividad prohibida de ésta.

Especial cuidado merece el apartado 2d de este mismo artículo, en el que se menciona como actividades permitidas las relacionadas con el disfrute de la naturaleza, pues las que nombramos más arriba ("puenting", descenso de barrancos, etc.), se pueden considerar de este tipo.

Ganadería

En cuanto a la ganadería, aunque entendemos que el futuro desarrollo turístico de la isla tenderá a hacerlo desaparecer por completo, especialmente en el sur, debe contemplarse en el plan la necesidad de no soltar rebaños en el espacio protegido, ni mucho menos en el cauce del barranco. Las limitadas dimensiones de este paisaje permiten acceder fácilmente a los ganaderos a zonas limítrofes del mismo, o a las más degradadas.

Por lo tanto, en el punto 2g del artículo 26, debería contemplarse el control de las sueltas de ganado, o bien obligar a mantenerlo estabulado, si bien entendemos que este sistema reduce significativamente la calidad del mismo. También podrían tenerse en corrales amplios, lo que se denomina también "estabulación libre", que es mucho mejor para los animales. En el apartado 3.2.1 de la memoria se habla de ejemplos de sueltas de ganado dentro del espacio protegido, y en el 3.3.1, se nombra un camino por el que el ganado accede al fondo del barranco.

Además, debe contemplarse también un plan para la transformación de estiércol y purines producidos por el ganado. Debido a las reducidas dimensiones de la cabaña ganadera, podría proponerse el compostaje en las propias fincas.

Agricultura

En ningún lugar se especifica la eliminación de los invernaderos existentes, según el punto 3.2.1 de la memoria. Entendemos que sería interesante promover una actitud de modificación o adaptación de los cultivos a sistemas que no dependan de estas infraestructuras. Por supuesto, también se debe prohibir la construcción de nuevos invernaderos.

Según el punto 5.3 de la memoria, en el que se habla de la evolución previsible de la agricultura, parece probable que la tendencia sea al abandono de las fincas. Por ello, es interesante tener en cuenta estas circunstancias, evitando que los invernaderos, muros, cerramientos y demás, de las fincas abandonadas, queden en estado ruinoso, con plásticos rotos y restos de material esparcidos.

Turismo

Debe prohibirse la construcción de infraestructuras turísticas en todo el espacio, incluyendo miradores, bares, restaurantes, terrazas, etc. Podrá limitarse la construcción de miradores a los aledaños de las dos carreteras que cruzan el barranco.

También debería perseguirse la publicación en guías, libros, revistas y páginas WEBs, principalmente alemanas, de rutas por el barranco, siempre que éstas se salgan de los dos caminos autorizados, en principio, para la práctica del senderismo.

Zona de uso tradicional

Para la zona de uso tradicional no se contemplan determinados usos prohibidos que sí están en la de uso moderado, y que entendemos que son extensibles a esta otra. A modo de ejemplo, teniendo en cuenta que ambas zonas se extienden a lo largo de una buena parte del barranco de forma paralela al mismo, estando cada una a un lado del cauce, no tiene sentido que en una se prohíban los tendidos aéreos y en la otra no. Suponiendo un cable que cruce el barranco, lo que no puede hacerse es permitir que sea aéreo desde un margen al centro del mismo, y enterrarlo en el resto del recorrido. Por este motivo y por otros relacionados con la conservación, proponemos incluir los usos prohibidos siguientes:

  • La introducción o suelta de especies de la flora y fauna no nativas del paisaje, excepto por motivos de conservación y gestión, así como las relacionadas con actividades agrícolas o ganaderas.
  • La práctica de la escalada, descenso de barrancos y cañones, "puenting", parapente y otros deportes de montaña o de riesgo en el cauce del Barranco.
  • La circulación con vehículos de motor si no es para acceder a las fincas o viviendas particulares, o para fines de conservación y gestión del parque. Especial mención se hace para los denominados "jeep safari", motocross, "quarks" y demás artefactos que deterioren las infraestructuras, o produzcan contaminación acústica.
  • El uso de pesticidas potencialmente peligrosos para la flora y fauna del parque, como pueden ser el "Furadan" u otros, tal y como se indica en el apartado 5.1.1c de la memoria.
  • Las extracciones de áridos.


En cuanto a los usos permitidos para la zona de uso tradicional, entendemos que son exagerados, y que deberían cambiarse por "autorizables", en su totalidad, de manera que pueda haber un control, especialmente en la zona residencial de Ricasa. Por lo tanto, proponemos no contemplar ningún uso y actividad permitido, pasándolos todos a "autorizables".

Muros de contención

El artículo 30.5, dentro de las condiciones para el desarrollo de los usos y actividades autorizables, se obliga a que los muros de contención y bancales tengan siempre paredes de piedra vista. Nos parece excesivo obligar a crear un paisaje monótono de piedra vista, como sucede en otros lugares de Tenerife.

Entendemos que debería redactarse más bien de la siguiente manera: "debera tener siempre un acabado mimetizado con el paisaje, ya sea mediante muros de cantero o paredones (piedra vista), o mediante cualquier otro método que favorezca la integración paisajística de la obra. Además, se evitará el uso de los bloques de hormigón, ladrillos, balaustres, así como elementos decorativos impropios o altamente impactantes (águilas de cerámica, enanos, vírgenes, etc.)"

Cuartos de aperos

El artículo 32 habla de las casetas para almacenamiento de aperos de labranza. En el punto 3, debería especificarse el evitar aleros con un metro de teja, adornos impropios (águilas, enanos y vírgenes), balaustres, bloques de hormigón vistos, y cualquier otro elemento desgraciadamente habitual en los cuartos de apero del sur de la isla. Igualmente, habría que incluir un punto que hiciese referencia a la no habitabilidad de dichos cuartos, no estando permitido que tengan baños ni cocinas, ni, por supuesto, pozos negros.

No se hace ninguna mención a la posibilidad de crear cuartos de aperos colectivos, es decir, para más de un propietario. Esta idea es bastante interesante, pues centraliza en un solo punto el impacto de dichas infraestructuras.

Infraestructuras hidráulicas

El artículo 34, sobre las infraestructuras hidráulicas, en su punto 5, obliga a la instalación de bebederos para la fauna silvestre. Habría que añadir la necesidad de instalarlos en lugares lo más inaccesibles posible a personas que puedan intentar envenenarlos o acechar a los animales para abatirlos, prácticas también muy habituales en esta isla.

Tampoco se indica la necesidad de que las canalizaciones sean cerradas, a fin de reducir las pérdidas y mejorar la calidad del agua, a pesar de que este problema existe, según el apartado 3.3.3 de la memoria.

En el artículo 43 punto cuarto, se promueve la unificación de las vías de abastecimiento para evitar la proliferación de canalizaciones independientes. Habría que hacer una mención especial al municipio de Guía de Isora, en el cual hay ejemplos de masificación en núcleos como Chirche, donde cada uno coloca una tubería sobre las demás, sin racionalizar de ninguna manera el transporte.

Para empezar, deberían eliminarse del cauce las canalizaciones que se nombra en el punto 3.2.4 de la memoria, es decir, tuberías que cruzan el cauce por cualquier sitio en la parte baja del barranco, y que se encuentran en desuso, en su mayoría.

También debería prohibirse la construcción de pozos negros, y obligar a los municipios a crear infraestructuras de alcantarillado, para la progresiva conexión de las viviendas a la red.

Por último, debería contemplarse la extracción de agua dentro del espacio como un uso prohibido. De hecho, en el apartado 4.2 de la memoria, se indica que dichas explotaciones no serían fructíferas, y hay peligro de salinización por intrusión marina. Si a esto añadimos que, según el apartado 5.4 de la memoria, la tendencia es a que no haya más aprovechamintos hídricos, lo mejor sería contemplarlo directamente como un uso prohibido.

Militares

El punto 13 de los usos prohibidos debería incluir, además, la prohibición de sobrevolar el Paisaje mediante cualquier medio (aviones, helicópteros, paracaídas, etc.), tanto durante la realización de maniobras como en cualquier otra circunstancia.

Pistas y caminos

En el artículo 35, punto 6, debería limitarse los puntos de ensanche o apartaderos de las pistas, para que no se conviertan en una práctica habitual, o que, por "simplicidad", se ensanche todo el trazado de la vía.

El punto 7 limita el ancho de senderos y caminos a dos metros. Nos parece excesivo, y creemos que no debería pasar de 1,2 metros, más que suficientes para caminantes y animales, además de ser compatible con la media europea.

Faltaría añadir un nuevo punto en el que se indique la prohibición de crear nuevas infraestructuras de transporte, hidráulicas, de telefonía o eléctricas, así como de cualquier tipo lineal, que crucen el barranco por algún punto que no sean las dos carreteras existentes.

Esto es especialmente crítico entre la Vera de Erques y Tijoco Alto, donde no sería de extrañar que, en algún momento, se proponga unir ambos núcleos mediante un puente sobre el barranco.

Aprovechamientos forestales

El artículo 39, referente a las condiciones para los aprovechamientos forestales y de mejora silvícola, no nos parece adecuado que se puedan realizar aprovechamientos madereros, aunque sea sólo en pinares repoblados, tal y como se indica en el punto 2.

Deberían estar completamente prohibidos esos aprovechamientos, más en una isla con antecedentes de problemas con este tipo de economía, dependiente sobre todo de los incendios forestales. Además, la superficie del Paisaje con pinar es mínima, por lo que no creemos que afecte mucho a la economía de las empresas madereras el hecho de no poder realizar aprovechamientos forestales dentro de los límites del mismo.

Por si fuese poco, los aprovechamientos forestales suelen provocar daños importantes a la vegetación y fauna circundantes, lo que entraría en conflicto con la protección del espacio, así como lo contemplado en el punto 6.1 de la memoria, sobre la estrategia de gestión del paisaje.

Carencias de la memoria o estudios pendientes (actuaciones básicas)

No se clasifica ni cataloga el suelo de los invernaderos (memoria 2.1.5: edafología), por no poder accederse al lugar, por tratarse de fincas particulares. Creemos que debe de intentarse por todos los medios la colaboración de los propietarios en este aspecto, pues seguro que pueden salir beneficiados de un estudio del suelo de sus cultivos.

En cuanto a las cuencas visuales, consideramos que debería haberse realizado más visitas, sobre todo por los comentarios que se hace en el apartado 2.1.6 de la memoria respecto a zonas que están en sombra por la altura del sol a la hora de la visita. Esto es crítico en un documento que describe un Paisaje protegido, es decir, un espacio en el que el principal elemento a proteger es precisamente sus características paisajísticas.

Es necesario mejorar el estudio de la botánica (2.2.1 de la memoria). Algunas especies no están definidas del todo (Argyranthemum sp). Se cita algunas plantas como posibles (Anagyris latifolia y Barlia metlesicsiana), sin seguridad de que estén presentes en el espacio.

También el de la fauna, por lo menos en su apartado referente a los invertebrados y las áreas de interés faunístico del espacio.

Por último, consideramos necesaria la mejora de la cartografía, en la que no quedan bien especificadas muchas infraestructuras (canales, líneas de alta tensión, pistas, invernaderos).

Actividades propuestas

En este apartado enumeramos una serie de actividades que deberían llevarse a cabo para la correcta administración del Paisaje protegido, así como para la restauración y planificación de la gestión del mismo. Todas ellas no se reflejan, o no lo hacen de manera clara y explícita en la memoria ni en el documento normativo, motivo por el cual las exponemos a continuación:

  • Propuesta de apoyo por parte del Cabildo, a través de las agencias de extensión agraria, para recomendaciones de pesticidas, funguicidas y demás métodos de lucha contra las plagas, lo más compatibles posible con la agricultura ecológica, y evitando productos altamente dañinos para la biodiversidad, como el "Furadan".
  • Estudio para la repoblación forestal de los pinares incluidos en el espacio, así como de las especies protegidas de flora y fauna existentes en el mismo.
  • Estudio detallado de las especies de flora y fauna presentes en el barranco.
  • Promocionar becas y formación específica a todos los niveles para los habitantes del espacio protegido, de manera que puedan trabajar en actividades relacionadas con la interpretación y el uso público de este y otros espacios protegidos de la isla. El que, según la memoria, haya núcleos como la Vera de Erques con un 70% de analfabetismo no se puede tolerar y perjudica al futuro mantenimiento del espacio protegido.
  • Plan de regulación de actividades turísticas, especialmente orientadas al conocimiento e interpretación del medio, tal y como se comenta en el apartado 3.2.2 de la memoria.
  • Estudio y plan de racionalización de las diferentes infraestructura existentes en el espacio:
    • Carreteras: buscando reducir el número de estas estructuras al mínimo necesario compatible con la funcionalidad de las mismas.
    • Pistas: planificando una estructura lógica de las mismas, y buscando firmes distintos al cemento y el asfalto.
    • Tendidos eléctricos: planificación de toda la distribución, eliminando lo sobrante o replanteando todos los trazados, y enterrando las líneas en la medida de lo posible, especialmente las de alta tensión o que tengan torres de tamaño considerable.
    • Telefonía fija: igual que los tendidos eléctricos.
    • Telefonía móvil: dada la propuesta de prohibición de estaciones base dentro del espacio, procurar la cobertura mediante BTS situadas fuera del mismo, pero siempre evitando que el impacto paisajístico afecte a éste, ya que, al fin y al cabo, las zonas limítrofes del espacio están incluidas dentro de las cuencas paisajísticas del mismo
    • Canalizaciones de agua: Unificación de tuberías, y eliminación de las que no estén ya en servicio. Planificación y redistribución de todo el sistema de abastecimiento, si fuese posible. Enterramiento de toda la red.
  • Estudio arqueológico e inventario detallado de todo el barranco. El punto 3.5.1 de la memoria no es suficiente, y reconoce falta de datos y de un estudio sistemático.
  • Plan de protección del escaso patrimonio etnográfico comentado en el punto 3.5.2 de la memoria.
  • Propuesta de restauración del paisaje caótico y de nulo valor paisajístico (5.1.3 y 5.2 de la memoria) en la parte baja del barranco, o donde fuere. Además, en el punto 5.3 de la memoria, de no frenar el proceso, se prevé un empeoramiento progresivo del lugar, por el que esta actuación es especialmente urgente. Para ello hay una estrategia prevista en 6.5 de la memoria, así como en el estudio paisajista, apartado 2.1.6.
  • Propuesta de restauración de vertidos de escombros nombrados en los apartados 5.1.1, 5.1.3 y 5.2 de la memoria, además del previsible aumento si no se corrige, según 5.3. La gravedad de dichos vertidos sobre el paisaje queda reflejada, además, en el estudio del apartado 2.1.6 de la memoria.
  • Propuesta para un mejor control de la caza. En el apartado 5.1.1d de la memoria, se nombra el abatimiento posible de especies no cinegéticas y protegidas del paisaje (actitud que, efectivamente, es muy frecuente en esta isla, y ha acabado con especies en muchos lugares de la misma).
  • El punto 6.5 de la estrategia propuesta en la memoria hace referencia al seguimiento del estado de conservación y uso publico: "se llevará a cabo un plan de seguimiento del estado general de conservación, de las especies foráneas [...] y la restauración paisajística". Sin embargo, no hay ninguna medida de este tipo en el plan. Por lo tanto, es necesario planificar dicho seguimiento, así como de los yacimientos arqueológicos, una vez inventariados.
  • En el punto 6.6 de la estrategia se propone promoción de actividades de investigación científica sobre recursos culturales y naturales, como complemento a labores de restauración y conservación. También nombra la necesidad de investigar el patrimonio existente. Proponemos, además, que dichos aspectos queden contemplados en la memoria económica del proyecto.
  • Plan de recuperación de la flora y la fauna. De esta última se nombra por ejemplo especies nidificantes hace años, y desaparecidas en la actualidad (en el apartado 2.2.3 de la memoria). También debe intentar proteger las zonas de interés descritas en la memoria, especialmente las dos pocetas sobre la Vera de Erques, por ser bebedero de avifauna y por los invertebrados acuáticos e hidrófilos presentes en ellas.
  • Plan de alcantarillado para los núcleos habitados y sistema de depuración de aguas residuales.
  • Un espacio protegido debe fomentar el uso del transporte público como alternativa a los medios de transporte particulares. Por lo tanto, proponemos también un plan mediante el cual se mejore este tipo de transporte.


Memoria económica

El plan especial carece de memoria económica. Sin embargo, las necesidades y carencias del espacio protegido hacen necesario la existencia de la misma, contemplando la financiación de las actividades mencionadas en el apartado anterior que así lo necesiten, concretamente:

  • Apoyo y asesoría a los agricultores.
  • Estudio para repoblación forestal.
  • Estudio detallado de las especies de flora y fauna presentes en el barranco.
  • Promocionar becas y formación específica a todos los niveles para los residentes.
  • Plan de regulación de actividades turísticas.
  • Estudio y plan de racionalización de las diferentes infraestructuras existentes en el espacio.
  • Estudio arqueológico e inventario detallado de todo el barranco.
  • Plan de protección del patrimonio etnográfico.
  • Propuesta de restauración del paisaje.
  • Propuesta de restauración de vertidos de escombros.
  • Propuesta para un mejor control de la caza.
  • Plan de seguimiento.
  • Promoción de actividades de investigación científica sobre recursos culturales y naturales.
  • Plan de recuperación de la flora y la fauna.
  • Plan de alcantarillado y depuración.
  • Plan para el transporte público


No hemos detallado los importes de estos planes y actuaciones, pues no estamos capacitados para realizar un estudio económico de este tipo. Nos limitamos, por lo tanto, a enumerar aquellas actuaciones que, entendemos, tienen que ser financiadas para poderse llevar a cabo.

Propuesta de ampliación

Aunque quizás se salga de los fines de este plan, no queremos terminar sin hacer un comentario a la necesidad de ampliar la superficie de los espacios protegidos en la isla de Tenerife.

La tremenda presión urbanística debida al desarrollo desmesurado y nada sostenible del archipiélago se refleja en la actualidad de manera muy acusada en la isla de Tenerife. Por lo tanto, como medida de presión "contraria", debería intentarse maximizar las áreas protegidas, aunque haya que incluir en ellas espacios degradados o cuyo interés no sea el mismo que las áreas existentes.

Además, hay muchos casos en los que sí existe un interés comparable por proteger los aledaños de los espacios protegidos, con lo que la ampliación es casi indispensable.

Para el paisaje protegido del Barranco de Erques, se puede buscar una ampliación hacia el norte y hacia el sur, sobre todo en su parte alta, de manera que se incluya en lo posible una buena cantidad de las zonas de medianías de Adeje y Guía de Isora, que, de otra manera, corren el riesgo de ser urbanizadas de manera desmedida por viviendas aisladas y descontroladas.

23 Julio 2003


Barranco de Erques


Desembocadura del barranco

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