Catálogo de Especies Amenazadas del Archipiélago Canario

4 de Marzo de 1999

A pesar de lo que aparentemente quieren dar a entender a la opinión pública, la clase política canaria demuestra día a día con sus actos el escaso interés por la conservación del medio ambiente de este archipiélago.

Junto con el boicot del Gobierno a la tramitación de la propuesta canaria de Lugares de Interés Comunitario (LICs), recientemente nos hemos encontrado con otro ejemplo de esta situación.

El pasado 23 de febrero (¿casualidad de fecha?) la Comisión de Secretarios Generales Técnicos del Gobierno de Canarias rechazó, por segunda vez en la presente legislatura, la tramitación por parte del Consejo de Gobierno del Decreto que debería regular el Catálogo de Especias Amenazadas de Canarias. Los motivos aludidos son realmente asombrosos y denotan claramente que los Técnico-políticos del Gobierno o no se enteran o no quieren causarle ningún disgusto a sus "jefes políticos". Se hace referencia al elevado número de especies que incluye el Catálogo propuesto por los Técnicos de Medio Ambiente y a que algunas especies de invertebrados y flora carecen de nombre común, lo que a su juicio generaría inseguridad jurídica.

Evidentemente, que la Comunidad Autónoma de Canarias sea la más importante de la Unión Europea en biodiversidad no es motivo de orgullo para el Gobierno de Canarias sino que, por el contrario, les supone un auténtico problema, lo cual, por otra parte, no extraña a la vista de que la política en las islas quien la marca son las constructoras y las inmobiliarias.

A su vez, esta Comunidad es también la primera de Europa en lo que se refiere a amenazas sobre sus especies. El Catálogo de Especies Amenazadas, por imperativo legal, deberá incluir las especies, subespecies o poblaciones cuya protección efectiva exija medidas específicas por parte de las Administraciones Públicas; el proceso de catalogación implica que la protección de las especies amenazadas no consista tan sólo en medidas pasivas de carácter preventivo sino que incorpore medidas positivas por parte de esas Administraciones Públicas para remediar los factores de amenaza sobre las especies de flora y fauna y sobre sus hábitats.

Asimismo, las especies, subespecies o poblaciones que se incluyan en el Catálogo deberán ser clasificadas en alguna de las siguientes categorías:

  • En peligro de extinción, reservada para aquellas cuya supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando.
  • Sensibles a la alteración de su hábitat, referida a aquellas cuyo hábitat característico está particularmente amenazado, en grave regresión, fraccionado o muy limitado.
  • Vulnerables, destinada a aquellas que corren el riesgo de pasar a las categorías anteriores en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellas no son corregidos.
  • De interés especial, en la que se podrán incluir las que, sin estar contempladas en ninguna de las precedentes, sean merecedoras de una atención particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, o por su singularidad.

Tras cinco largos años de trabajo en los que se logró un claro consenso sobre las especies a incluir en el Catálogo y en cuyo proceso participaron las dos Universidades Canarias, el Jardín Botánico Canario Viera y Clavijo de Las Palmas de Gran Canaria, Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, Museo de Ciencias Naturales de Tenerife, Instituto Canario de Ciencias Marinas (Taliarte) de Gran Canaria, Los cuatro Parques Nacionales del archipiélago, la Asociación Canaria de Técnicos Ambientales (ACTA), Jardín Botánico de aclimatación del Puerto de la Cruz, los siete Cabildos Insulares, las Unidades Insulares de Medio ambiente, etc., la propuesta es la siguiente: 132 especies "en peligro de extinción"; 398 especies "Sensibles a la alteración de su hábitat; 98 especies "Vulnerables"; 371 especies "De interés especial"; que representan un total de 999 especies.

Por lo que se refiere a que muchas especies carecen de nombre vulgar o común, cabe decir que contradiciendo lo argumentado por los Secretarios Generales Técnicos, la mayor parte de los Convenios Internacionales relativos a la conservación de la naturaleza, ratificados por el Estado Español, como el CITES, BONN, BERNA, o Directivas Comunitarias, como la de Aves o Hábitats, apenas hacen referencia a nombres comunes y tan sólo se limitan a citar el nombre científico al ser el más universal y estar aceptado internacionalmente. Es más, en la propia Orden de 9 de julio de 1998, por la que se incluyen determinadas especies de Canarias en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, a casi todas las especies de flora vascular y de invertebrados se les denomina exclusivamente con su nombre científico.

Por tanto, en realidad lo que no hay es voluntad política de proteger el patrimonio natural del archipiélago.

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